PROGRAMAS DE VIVIENDA Y HÁBITAT

PROGRAMAS DE VIVIENDA Y HÁBITAT

by Sistemas

 

MARCO NORMATIVO
Resolución 494/2018 y Resolución 495/2018. Modificatoria Nº103-2021.

 

LÍNEAS DE ACCIÓN
Línea de acción I – Construcción de viviendas nuevas.
Financia proyectos de vivienda nueva (2 dormitorios, superficie 62,30 m2) mediante proyectos grupales. Sobre terrenos ya urbanizados, ya sean propiedad de entidades intermedias o que los provea el municipio.
A través de 2 variantes:
VI: Ejecutadas por empresas constructoras adjudicadas por licitación pública.
VII: Ejecutadas a través de los municipios, ya sea por administración o por empresa constructora mediante la metodología elegida.

 

POBLACIÓN DESTINATARIA
Grupos familiares con dificultad de acceso a una solución habitacional por sistema crediticio privado.Que se encuentren o no organizados en entidades intermedias, inscriptos en RENHABIT y que reúnan los requisitos sociales establecidos por el Instituto Provincial de la Vivienda.Los ingresos no deben superar los 2 salarios mínimo, vital y móvil. En caso de ingresos mayores requiere evaluación social.
Se priorizará la inclusión de personas con discapacidad, personal de seguridad (previsto por ley) y, la promoción y protección de género.

 

REQUISITOS DE ACCESIBILIDAD
Encontrarse organizados en alguna entidad intermedia y contar con terreno provisto de urbanización e infraestructura.

A nivel de grupo familiar:
• Tener ingresos por debajo de los 2 salarios mínimo vital y móvil (SMVyM).
• No ser propietario/a de bienes inmuebles.
• No haber sido adjudicatario/a de viviendas financiadas por el estado.
• Tener grupo familiar. Hogar unipersonal se contempla un 5% del proyecto y se prevé la vivienda de un solo dormitorio.
• No estar inhibido.
• No encontrarse en el registro de deudores alimentarios.
• Estar inscriptos en RENHABIT (Relevamiento de Necesidad Habitacional – Provincia de Mendoza).
• Residir en Mendoza.
En el Art.18 de la Resolución 495/2018 se mencionan todas las normas que reglamentan sobre los requisitos a evaluar de los grupos y postulantes.

 

AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Gobierno de Mendoza – Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública.

 

SOLICITANTE Y ENTE EJECUTOR
Solicitante: Municipios.
Ente Ejecutor: IPV.

 

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA
Licitación pública – Proyectos grupales.

 

ORIGEN DEL FINANCIAMIENTO
Fondos provinciales.

 

MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO
Sujeto a presupuesto provincial.

 

CONDICIONES FINANCIERAS DEL CRÉDITO
Las condiciones financieras del crédito a devolver por parte del adjudicatario/a, se determinan según normativas vigentes: Resolución provincial 130/2021 y 131/2021 (metodología de aplicación Sistema de Unidad de Referencia Salarial).

-En los ingresos que la cuota determinada a partir del cálculo previsto, superen el 20% del SMVyM será determinada en función del 20% de sus ingresos.

– En caso de personas con discapacidad, se determina el 10% de incidencia del ingreso o del SMVyM. Al momento de la conformidad el que resulte mayor.

 

FORMA DE ACCESO
Los municipios recepcionan la demanda particular y la registran en el RENAHABIT. La demanda de grupos organizados con terrenos urbanizados pasan a conformar el banco de proyectos, y de acuerdo a una priorización interna solicitan el financiamiento al IPV.

MARCO NORMATIVO

Línea II Resolución 496/2018, 1704/2018, 435/2020 modificatorias, 736/2021 y 815/2021.

 

LÍNEAS DE ACCIÓN

Línea de Acción II- Créditos individuales para viviendas nuevas en desarrollos urbanísticos propuestos.

 

POBLACIÓN DESTINATARIA

Grupos familiares con ingresos mayores a dos salarios mínimos vital y móvil.

 

ORIGEN DEL FINANCIAMIENTO

Fondos provinciales y contraparte privada.

-Participación pública – privada (desarrollador) con un 75% como máximo.

-Cofinanciación adjudicatario 25% (aproximadamente).

 

FORMA DE ACCESO

Los postulantes deberán llenar y presentar su solicitud por internet a través de la página web del IPV o por cualquier otra vía que éste establezca.

http://www.ipvmendoza.gov.ar/reapertura-inscripciones-programa-mendoza-construye-linea-2-primera-etapa/

 

MARCO NORMATIVO

Resolución Nº 828-21.

 

LÍNEAS DE ACCIÓN

a)Viviendas individuales de 2 dormitorios con ampliación prevista de un dormitorio como mínimo.

b) Viviendas tipo dúplex de 2 dormitorios.

c) Edificios de departamentos de 2 dormitorios.

 

POBLACIÓN DESTINATARIA

Personas entre 18 y 64 años que demuestren ingresos netos mensuales a partir de los 2 SMVyM y hasta los 8 SMVyM.

 

ORIGEN DEL FINANCIAMIENTO

Para el financiamiento de este programa el Instituto Provincial de la Vivienda dispondrá de:

1) Aportes del Gobierno Provincial.

2) Participación a proponer por las empresas constructoras en caso de ser requeridos.

3) Otros recursos que se pudieran obtener en el futuro.

 

FORMA DE ACCESO

Los postulantes deberán llenar y presentar su solicitud por interneta través de la página web del IPV o por cualquier otra vía que éste establezca.

http://www.ipvmendoza.gov.ar/programa-ipv-mi-casa/

 

MARCO NORMATIVO

Resolución Nº 840/2021.

 

LÍNEAS DE ACCIÓN

Construcción de viviendas. Se financiarán  cuatro alternativas con diferentes superficies de la unidad habitacional, variando la TNA (tasa nominal anual) según la superficie elegida.

 

Terminación de unidades habitacionales que estén entre el 55% y 65% de obra a fines de lograr la habitabilidad de las mismas.

 

POBLACIÓN DESTINATARIA

Grupos familiares o personas solas con capacidad de ahorro y posibilidades de aportar terreno propio que cuenten con más de 2 salarios mínimo vital móvil.

 

ORIGEN DEL FINANCIAMIENTO

Para el financiamiento de este programa el Instituto Provincial de la Vivienda dispondrá de:

 

1) Aportes del Gobierno Provincial y/o del fondo provincial de la vivienda.

 

2) Los aportes que realicen los ahorristas en concepto de ahorro previo.

 

3) Los aportes previstos en la ley de fideicomiso vigente.

 

4) Otros recursos que se pudieran obtener en el futuro.

 

FORMA DE ACCESO

Los postulantes deberán llenar y presentar su solicitud por internet a través de la página web del IPV o por cualquier otra vía que éste establezca.

https://www.ipvmendoza.gov.ar/programa-construyo-mi-casa/

 

MARCO NORMATIVO

Resolución provincial 827/2021.

 

LÍNEAS DE ACCIÓN

El tipo de obras a ejecutar en Ias viviendas serán obras de ampliación, completamiento o construcción de núcleo húmedo, de acuerdo a las siguientes tipologías de obra:

 

– Construcción de baño con lavadero, superficie cubierta: 6,84 m2 (desagüe a pozo séptico).

– Construcción de baño para discapacitado motriz, superficie cubierta: 9,60 m2 (desagüe a pozo).

– Construcción de 1 dormitorio, superficie cubierta: 14,40 m2.

– Construcción de 2 dormitorios, superficie cubierta: 23,50 m2.

– Construcción de 1 salón, superficie cubierta: 23,50 m2.

– Construcción de núcleo seco y húmedo, superficie cubierta: 32.46 m* (desagüe a pozo).

 

La doble intervención se realizará por excepción en aquellos casos debidamente justificados por la situación de vulnerabilidad o riesgo social del grupo familiar.

 

POBLACIÓN DESTINATARIA

EI presente programa se encuentra destinado a grupos familiares con necesidades básicas insatisfechas (NBI) que posean vivienda y que presentan déficit cualitativo; viviendas particulares que deben ser mejoradas o ampliadas y que presentan problemas de orden material, sanitario o inadecuación de tamaño susceptibles de ser subsanados. Los hogares destinatarios deben percibir ingresos de hasta 2 salarios mínimo vital y móvil.

Se priorizará la inclusión de personas con discapacidad, la promoción y protección de género y, la diversidad y preservación de las identidades culturales.

Pueden ser titulares registrales o poseedores pacíficos del fundo destinado a vivienda, condición que se acreditará con la documentación exigida en el Anexo II.

 

REQUISITOS DE ACCESIBILIDAD

-Es requisito que lo/as destinatario/as posean hacinamiento o precariedad (las variables e indicadores deberán estar especificados en el diagnóstico social realizado por el municipio).

 

– Aceptación de la operatoria por parte de los beneficiarios (en ficha social y adhesión al programa).

 

– En los casos que los solicitantes sean adjudicatario/as de barrios del IPV, es condición estar al día o adherir a plan de pago en caso de corresponder. Sólo podrán acceder los/las titulares.

 

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Gobierno de Mendoza – Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública.

 

SOLICITANTE Y ENTE EJECUTOR

Solicitante: Municipios.

Ente Ejecutor: Instituto Provincial de la Vivienda.

 

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA

Licitación pública.

 

ORIGEN DEL FINANCIAMIENTO

Fondos provinciales.

 

MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO

2.000 mejoramientos previstos para el período 2021-2023.Distribución: 400 mejoramientos para el año en curso, 1.200 para el 2022 y 400 para el 2023.

 

CONDICIONES FINANCIERAS DEL CRÉDITO

El monto máximo a financiar depende de la solución habitacional. Crédito personal, con un plazo de amortización de hasta 360 meses y la devolución se actualizará en base al CVS (Coeficiente de Variación Salarial) con el 0% de interés.

 

FORMA DE ACCESO

Los municipios recepcionan la demanda particular y la registran en el RENAHBIT. El municipio, de acuerdo a una priorización interna, solicita el financiamiento al IPV.