En nuestra provincia, el IPV trabaja en forma conjunta con los Municipios, en el marco de la descentralización abordando políticas habitacionales definidas a nivel nacional y provincial.
En este marco, el Área de Vivienda del Municipio registra la demanda habitacional en su territorio y prioriza las soluciones habitacionales que se otorguen de acuerdo a la planificación Urbana y territorial
A dónde dirigirse?
Debe dirigirse a la Dirección o Área de Vivienda del Municipio donde reside. (Haga click aquí)
En las Direcciones/Áreas Municipales serán incluidos en el Registro de Necesidades Habitacionales (Renhabit), el cual es un instrumento para registrar la demanda espontánea a fin de ser utilizada para la planificación y conocimiento de las necesidades habitacionales del departamento.
“Importante a tener en cuenta: El estar registrado en RENHABIT (Registro de Necesidades Habitacionales) no implica la inclusión en un barrio en forma inmediata. Sin embargo, se destaca que para la incorporación en la nómina de un proyecto habitacional, se solicitará entre otros requisitos, esta inscripción”
Se destaca que el IPV trabaja con el Programa Habitacional Provincial de Ahorro Previo. En este caso pueden consultar requisitos y condiciones en la presente página (Haga click aquí) o en forma personal en el IPV. En el caso de los departamentos de General Alvear, Malargüe y San Rafael pueden consultar en las Direcciones o Áreas de Vivienda al personal del IPV que cumple sus funciones en estos Municipios.
Destinatarios de las líneas de acción vigentes:
Estas líneas de Acción contemplan
- Financiamiento Público: Para familias que no superen los 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil SMVM(*) formal e informal con financiamiento estatal.
- Financiamiento público/ privado para familias con ingresos de 2 a 4 SMVM netos familiares formales.
- Financiamiento Ahorro Previo: para familias con ingresos medios, que poseen un terreno en forma individual y cuenta con capacidad de ahorro para afrontar el 30% del valor total de la obra. (Haga click aquí)
Requisitos básicos…
Existen requisitos que son generales y particulares a todas las líneas de acción vigentes.
Entre ellos, para acceder a una solución se encuentran:
- Conformar un grupo familiar. (En caso de personas solas mayores de 35 años, sujeto a evaluación)
- El/los titulares deberán ser mayores de edad (más de 18 años), menores emancipados y/o autorización judicial.
- No ser ni haber sido, adjudicatarios del IPV.
- No ser beneficiario de créditos del Banco Hipotecario Nacional o de otros provenientes del Estado, como PROCREAR.
- No ser propietario de bienes raíces.
- No deben estar incluidos en el registro de deudores alimentarios.
- Ser argentino (nativo o nacionalizado) o extranjero legalmente radicado con una antigüedad de radicación mínima de 5 (cinco) años en la Provincia y documento nacional de identidad emitido en la República Argentina.
La documentación mínima solicitada es aquella que acredite:
- Identidad de los miembros del grupo familiar
- Estado civil
- Ingresos Económicos mensuales del grupo familiar
Nota:
(*) Salario Minimo Vital y Móvil: De acuerdo a Ley de Contrato de Trabajo, el Salario Mínimo Vital y Móvil se define como “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”. El valor del SMVM se determina en forma tripartita en el marco del Consejo del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Fuente: http://www.trabajo.gob.ar/left/estadisticas/glosario/definicionTermino.asp?idTermino=72
Monto actualizado SMVyM:http://www.trabajo.gob.ar/left/estadisticas/bel/?id_seccion=57